Recomendaciones Generales
Recomendaciones Generales para evitar Accidentes en el Taller
Útiles
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Herramientas manualesSi tienes en cuenta las siguientes consideraciones podrás evitar sustos y accidentes durante la utilización de las herramientas y las máquinas en el taller.
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Máquinas y Herramientas |
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Recuerda utilizar las herramientas adecuadas, en posición correcta y trabajar con las protecciones necesarias |
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Compromiso y "Recibí"
Como ya sabes la seguridad en el trabajo es asunto de Todos: empresario, trabajador y administración, cada uno tiene su misión y sus responsabilidades.
Llegados a este punto y dada la importancia de este tema, y ya que Tu Seguridad y Tu Salud, empiezan por ti mismo:
Imprime este documento o redáctalo a tu estilo y entrega una copia con fecha y firma a tu profesor, sin este requisito NO podrás comenzar las tareas en el taller, además: si eres menor de 16 años, debes incluir una autorización de padres o tutores.
¡Disfruta, aprende y recuerda¡ el taller NO es zona de juego, los riesgos están al acecho en cada esquina y rincón del Aula-Taller.
Obligaciones de los Trabajadores en Prevención de Riesgos
Recuerda, en el Aula-Taller: ¡ Ya somos todos Trabajadores !
El artículo 29 de La Ley de Prevención de Riesgos Laborales asigna al trabajador la obligación de velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular los trabajadores con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario deberán:
- Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrolle su actividad.
- Utilizar y mantener correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, solicitando su reposición en caso de deterioro.
- No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes.
- Informar de inmediato a su superior jerárquico directo acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
- El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a los que se refieren los apartados anteriores tendrán la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores.
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