¿Qué recuerdas?

Objetivos
A continuación tienes a tú disposición una serie de preguntas sobre aspectos que inciden, o pueden incidir, directamente en el salario de los trabajadores. El objetivo de esta actividad no es evaluarte, sino que repases conceptos aprendidos en el módulo de FOL y compruebes, junto con el resto de tus compañeros, si lo que sabes se ajusta a cómo son las cosas en realidad.

Si el convenio de un trabajador en prácticas no establece otra cosa, el sueldo durante su primer año no será inferior al:
60 % de la retribución de un trabajador equivalente sin que sea inferior al SMI.
75 % de la retribución de un trabajador equivalente sin que sea inferior al SMI.
El SMI.
La base de conceptos de recaudación conjunta:
Es igual a la base por contingencias comunes.
Es igual a la base por contingencias profesionales.
Es igual a la base por contingencias comunes menos las horas extraordinarias.
La cotización del trabajador por contingencias comunes de una base de 1.000 euros equivale a:
47 euros.
15,50 euros.
10 euros.
Un trabajador reclama a su empresa el pago de los salarios de 7 meses, pero ésta se ha declarado insolvente. ¿Se le pagará al trabajador? ¿Quién se lo abonará?
No se le pagará por ser la empresa insolvente.
Se lo tiene que pagar el empresario en todo caso.
Los salarios que se le deben al trabajador los abonará el FOGASA.
A un trabajador se le adeudan 4.800 euros de salario desde hace 6 meses. ¿Qué cantidad total se le debe incluyendo los intereses por el retraso en el pago?
5.000 euros.
4.800 euros.
5.040 euros.
Un trabajador (que tiene el grupo 8 de cotización a la Seguridad Social) recibe por su trabajo una retribución total de 1.300 euros al mes, que se compone de 1.000 euros de salario base, 50 euros de plus de convenio, 50 euros de antigüedad y 150 en concepto de gastos de locomoción (justificados documentalmente). Cobra, en junio y diciembre, dos pagas extraordinarias equivalentes al salario base. Este mes ha cobrado 75 euros por horas extraordinarias. Sus bases de cotización a la Seguridad Social y la base sujeta a tributación de IRPF para este mes equivaldrán a:
Base de contingencias comunes: 1.263,90 euros mensuales.
Base de contingencias profesionales: 1.338,90 euros mensuales.
Base sujeta al IRPF: 1.338,90 euros mensuales.
Base de contingencias comunes: 1.263,90 euros mensuales.
Base de contingencias profesionales: 1.338,90 euros mensuales.
Base sujeta al IRPF: 1.263,90 euros mensuales.
Base de contingencias comunes: 1.263,90 euros mensuales.
Base de contingencias profesionales: 1.263,90 euros mensuales.
Base sujeta al IRPF: 1.263,90 euros mensuales.
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