Unidad Didáctica 3: Suspensión, Modificación y Extinción del Contrato de Trabajo
3. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
El empresario puede acordar este tipo de modificaciones cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que las justifiquen. Así pues, lo determinante en la modificación son dos aspectos:
- Que sea sustancial (transformación de aspectos fundamentales).
- Que tenga una justificación (económica, técnica, organizativa o de producción). Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
Debes tener presente que estas modificaciones están reguladas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y son las que afectan a:
- Jornada de trabajo.
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones, cuando el cambio exceda de los límites de la movilidad funcional.

Conocimiento previo
Algunos ejemplos de modificaciones sustanciales son las siguientes:
- Jornada de trabajo. Ampliación de la jornada anual.
- Horario. Paso de jornada continua a jornada partida.
- Turnos. Cambio de turno fijo de tarde a uno fijo de mañana.
- Remuneración y cuantía salarial. Cambio en cómo se pagan los días que se trabaja de noche.
- Sistema de trabajo. Cambio del número de trabajadores de un equipo adscritos a un determinado sistema de trabajo.
- Funciones. Un auxiliar administrativo ocupa durante 2 años un puesto de jefe de contabilidad.
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