¿Qué recuerdas?

Objetivos
A continuación tienes a tú disposición una serie de preguntas sobre aspectos que inciden, o pueden incidir, directamente en el salario de los trabajadores. El objetivo de esta actividad no es evaluarte, sino que repases conceptos aprendidos en el módulo de FOL y compruebes, junto con el resto de tus compañeros, si lo que sabes se ajusta a cómo son las cosas en realidad.

El responsable de una empresa contrata a un trabajador para que se encargue de labores de mantenimiento, pero, en lugar de firmar un documento, el empresario propone a su nuevo empleado que el contrato se celebre de palabra. ¿Es correcto?
No, el contrato de trabajo siempre se debe hacer por escrito.
Sí, la contratación se hará como decida el empresario.
Sí, ya que el artículo 8 del ET permite que los contratos de trabajo tengan forma oral.
Una empresa contrata a una trabajadora con un contrato temporal de mes y medio de duración, y decide que este se celebre verbalmente. ¿Es correcta esta actuación?
No, ya que los contratos temporales de más de cuatro semanas de duración han de celebrarse por escrito.
Sí, ya que en la legislación española rige la libertad de forma.
No, ya que los contratos temporales han de realizarse siempre por escrito.
Un trabajador cobra el doble del SMI. Tiene una deuda sin resolver, ¿podría embargarse su salario para liquidarla?
Nunca.
Sí, pero solo hasta el 30 % de lo que exceda del SMI.
Sí, pero solo hasta el 80 % de lo que exceda del SMI.
En una empresa de 7 trabajadores, uno de ellos plantea la posibilidad de convocar elecciones para elegir un delegado de personal y sus compañeros votan mayoritariamente que se celebren esas elecciones, pero el empresario les advierte de que no las permitirá porque la empresa es demasiado pequeña para tener delegado de personal. ¿Quién tiene razón?
El empresario, ya que en empresas de menos de 10 trabajadores no hay delegado de personal.
Los trabajadores, ya que en las empresas de entre 6 y 10 trabajadores, estos pueden votar por mayoría que haya un delegado de personal.
Los trabajadores, ya que en cualquier empresa podrá haber un delegado de personal si los trabajadores lo deciden por votación.
En una empresa los trabajadores hacen 40 horas a la semana, en turnos de 9 horas de lunes a jueves y 4 horas los viernes. Si en la empresa entra un trabajador de 17 años, ¿hará el mismo horario que los demás?
Sí.
No, porque los menores de 18 años no pueden trabajar más de 35 horas semanales.
No, porque los menores de 18 años no pueden trabajar más de 8 horas diarias.
El dueño de un restaurante indica a sus empleados que durante la temporada alta habrá más trabajo y que, por tanto, la empresa ha decidido reducir el descanso semanal de sus trabajadores a un día, acumulando el otro para su disfrute posterior por un período de cuatro semanas. ¿Puede realizar esto el dueño del restaurante?
No, la empresa no puede tomar esa decisión.
No, el descanso semanal se disfrutará íntegro siempre.
Sí, el artículo 6 del Real Decreto 1561/1995 permite a la empresa decidir que se haga esa acumulación del medio día de descanso.
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